Gustavo de Vicente, Gerente de PIMEM: “El Programa Kit Digital es un impulso vital para la digitalización de pymes y autónomos”
El Programa está dotado con un total de €3.067 millones para el periodo 2021-2023 y supone la primera medida de importancia relacionada con la digitalización con cargo a los fondos europeos de recuperación. Su objetivo es, mediante la concesión de subvenciones públicas, mejorar la competitividad y la madurez digital de las empresas de las empresas beneficiarias
La Orden se enmarca en varios de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR): como el 13, de impulso a la pyme; el 15, que incluye los bonos de conectividad para PYMES; o el 19, que refuerza la formación de pymes en competencias digitales. Su otro punto de referencia es la Agenda España Digital 2025 y su desarrollo con el Plan de Digitalización de las PYMEs 2021-2025.
- Análisis de la Orden:
- Beneficiarios
Deben cumplir con los siguientes requisitos: tener la consideración de pequeña o microempresa o ser autónomos; estar inscritos en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores; no tener la consideración de empresa en crisis; estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; no estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común; no estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones; no superar el límite de ayudas de minimis; obtener la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
Las ayudas se traducen en derechos de cobro denominados “bonos digitales” destinados a financiar la adopción de soluciones respecto a las categorías descritas en el Anexo IV de la Orden. En el mismo se incluye el desarrollo de soluciones respecto a: sitio web y presencia en internet; comercio electrónico; gestión de redes sociales; gestión de clientes; business intelligence y analítica; gestión de procesos; factura electrónica; servicios y herramienta de oficina virtual; comunicaciones seguras y ciberseguridad.
La cuantía de la ayuda para cada empresa beneficiaria dependerá del segmento en el que se enmarque:
- Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados. El importe total de cada bono digital será de hata €12.000.
- Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10 empleados. El importe total será de hasta €6.000.
- Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados. El importe total será de hasta €2.000.
En el caso de los autónomos, se incluirán en un segmento u otro según el número de trabajadores que tengan contratados.
La ayuda se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa del órgano concedente y en principio será posible una única subvención por beneficiario.
A continuación, figura una tabla que sintetiza los importes máximos para cada solución digital según el Segmento al que pertenezca el beneficiario:

- Agente digitalizador y Entidades Colaboradoras:
Esta figura será la encargada de prestar los servicios e instalar las soluciones digitales objeto de subvención que figuran en el Anexo IV. Se formalizará en un plazo de 6 meses desde la concesión de la subvención un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización por cada una de las soluciones incluidas en el Anexo IV.
EL agente deberá tener una facturación acumulada de, al menos, €100.000 en los dos años anteriores a contar desde el momento de la presentación de la solicitud de adhesión, o €50.000 euros en el año anterior. Si es autónomo las cifras se reducen a €70.000 y a €35.000 respectivamente.
Así mismo, se incluye la figura de las entidades colaboradoras, que en nombre y por cuenta del concedente de las ayudas participará en la gestión de las mismas.